17 de octubre de 2010

JUAN LEON JIMENEZ OPINA...

(Aclaración: Este blog está a disposición de aquéllos que quieran hacer uso de derecho a la libre expresión. Yo, Jairo Núñez, no estoy necesariamente de acuerdo con todas las opiniones del artículo que sigue)

REFLEXIONES SOBRE LOS NUEVOS REGLAMENTOS DE LOS JUEGOS NACIONALES
Por Juan Leon Jiménez

Mi posición es que estas nuevas normas en su relación costo-beneficio va en detrimento del ajedrez nacional. Alguien podría decir que esta es una posición derivada mi situación como entrenador de San José. Yo a eso contesto que no. Es una posición independiente de mi situación con San José. De hecho podría argumentarse que esas nuevas reglas benefician a San José no solo por ser el cantón más poblado del país
sino el más denso, con lo cual se facilita “ir a buscar a la gente”. Ver siguiente cuadro demostrativo en donde viene la extensión, la población masculina, la población femenina, la población total y el factor densidad.



1.San José 44 Km2 -149.647 H - 160.025 M -309.672 T - Densidad 6.940

2 Alajuela 388 Km2 -111.649 H -111.204 M -222.853 T - Densidad 573

3 Desamparados 118 Km2 - 94.514 H - 98.964 M – 193..478 T - Densidad 1.636

4 Cartago 287 Km2- 65.418 H - 66.639 M - 132.057 T - Densidad 458

5 San Carlos 3.347 Km2- 64 .803 H 62.337 M 127.140 T Densidad 37

6.Pérez Zeledón 1.905 Km2- 60.651 H - 61.536 M -122.187 T – Densidad 64

7 Goicoechea 31 Km2- 56.667 H - 60.885 M 117.532 T - Densidad 3.731

8 Heredia 282 Km2 - 50.241 H - 53.653 M 103.894 T – Densidad 367

9 Pococí 2.403 Km2 - 53.440 H 49.681 M 103.121 - T Densidad 42

10 Puntarenas 1.842 Km2 -52.248 H -50.256 M -102.504 T Densidad 55 M

San José ciertamente ha crecido mucho en los dos últimos años. Muchos atletas de alto rendimiento, por la falta de atención de otros cantones se han afiliado con nosotros. En el cuerpo técnico esta Tania Hernández, (brillante entrenadora) y el de este servidor (menos brillante). Desarrollamos una dedicación verdaderamente profesional a nuestros atletas, lo cual incluye sesiones individuales. Luego estos procesos los estamos ligando constantemente con Internet. Además tenemos la asesoria técnica de Jaime Vaglio, Sergio Guillen, Efrén Solís, Ernesto Alvarado e Iván Castillo todos reconocidos jugadores del medio. Y si lo anterior no fuera suficiente San José siempre esta a la mira de financiar a los atletas de una u otra manera. Finalmente estamos preparando una excursión a Nicaragua en el 2011 para darles el primer fogueo internacional a aquellos que saquen oro en los próximos Juegos Nacionales.

Por otro lado en consonancia con la directriz de que en principio es preferible que los ajedrecistas vivan en el cantón nosotros en San Jose hemos desarrollado campañas de alfabetización ajedrecistica. La obtención de talentos por esa vía es lenta pero segura, aun cuando en todo caso lo más importante es el impacto social y no deportivo Ver siguiente cuadro demostrativo de escuelas alfabetizadas.

1. Escuela Republica de Chile (Barrio Lujan)

2.Escuela Republica de Dominicana (San Francisco)

3.Escuela Napoleón Quesada (Zapote)

4.Escuela Manuel Belgrano (Hatillo)

5.Miguel de Cervantes (Hatillo)

6.Escuela I.D.I. (Hatillo)

7. Escuela España (El Carmen)

8.Escuela Ricardo Jiménez (Catedral)

9. Escuela Unificada (Perú y Vitalia Madrigal) (El Carmen)

10. Escuela Buenaventura Corrales (El Carmen)

11. Escuela Juan Rafael Mora (Hospital)

12. Escuela Republica de México



Explicado lo anterior entonces San José no tendría problemas con las nuevas reglamentaciones que de casualidad observamos van contra la Constitución, la Ley del Deporte y el sentido común. Veamos respectivamente caso por caso.

En la Constitución de Costa Rica se lee:

ARTÍCULO 25.- Los habitantes de la República tienen derecho de asociarse para fines lícitos. Nadie podrá ser obligado a formar parte de asociación alguna.

CON LOS ANTERIORES INCISOS ESTAN OBLIGANDO A LOS ATLETAS Y A SUS
PADRES A PERTENECER A DETERMINADO COMITE CANTONAL DE DEPORTES, SIN
TOMAR EN CUENTA LA LIBRE ESCOGENCIA QUE REALIZAN LOS ATLETAS Y SUS
PADRES DE PERTENECER A DETERMINADO COMITE DE DEPORTES POR LIBRE
VOLUNTAD Y EN BASE A LA FORMACION DEPORTIVA QUE LE HA BRINDADO EL
COMITE POR MUCHOS AÑOS.

La Ley del Deporte:
TAMBIEN CON ESTOS ARTICULOS OBLIGAN A LOS COMITES DE DEPORTES A PONER
EN PRACTICA UNA ODIOSA DISCRIMINACION QUE ES CONTRARIA A LA LEY
7800 DE LA LEY DEL DEPORTE QUE DICE QUE EL ICODER DEBE DE:

d) Garantizar el acceso y el uso igualitario de las personas a las instalaciones públicas deportivas y recreativas.

YA QUE CON ESTE ARTICULO LOS COMITES SOLO ACEPTARAN EN SUS
PROGRAMAS SOLO A ATLETAS QUE CUMPLAN CON LA RESIDENCIA EN EL
CANTON , CONTRADICIENDO EL CITADO ARTICULO PARA EL LIBRE USO DE LAS
INSTALACIONES DEPORTIVAS.

Otra incoherencia, aunque no de rasgo inconstitucional, o de ley del deporte sino de rasgo surrealista es la siguiente:

En 19.2 se señala la distribución regional.

La región de San José A esta compuesta por 8 cantones a saber: Alajuelita, Escazu, Montes de Oca, Mora, Puriscal, Santa Ana, SAN JOSE y Turrubares.

La región de San José B esta compuesta por 11 cantones a saber: Acosta, Aserri, Curridabat, DESAMPARADOS, Goicoechea, Moravía, Tarrazu, Dota, LEÓN CORTES, Tibas y Coronado.

Aplicando el inciso e que reza

////////// Cuando en un cantón, no se practique una disciplina deportiva, el Comité Cantonal de Deporte, estará facultado de autorizar a un atleta a participar con otro cantón de su región, si en la región no se practica el deporte, podrá autorizarle la participación con un cantón de cualquier región del
país.///////////////

En teoría se puede presentar la siguiente cómica situación derivada de los subsudichos reglamentos

1. Un deporte X no es apoyado por Desamparados
2. San José si apoya ese deporte X.
3. Como Desamparados la pusieron en otra región, los desamparadeños no puede jugar con San José pese a ser limítrofe, y en donde los buses públicos hasta pasan en frente del Comité!!!
4. Van a buscar la Región B y encuentran que ningún cantón le presta atención a su deporte excepto León Cortes
5. Como una derivación de los reglamentes, entonces los desamparadeños tendrían que empezar a coordinar con el remoto cantón de León Cortes, donde existe la altisima probabilidad que ninguno de los nuevos
afiliados lo haya visitado si quiera alguna vez.

Otra observación a las nuevas reglas del juego es que ellas van contra las tendencias nacionales y mundiales. El concepto de residencia para empezar es obsoleto. Un ajedrecista puede vivir 4 días en las residencias estudiantiles y el fin de semana en su cantón. Alguien podría decir que "virtualmente" vive con su abuelita, su tía, con su hermano, novio o novia. El Estado no puede comprobar en buena parte los casos de esas ambigüedades reales o artificiales.

Existe una traba burocrática de que hay que conseguir permisos para los residentes de un cantón que no tenga ese deporte en comités eventualmente inexistentes. Vemos entonces como la intervención estatal traba todo generando un calvario burocrático indecible y contribuyendo a un sufrimiento generalizado. Además el mundo en globalización marcha hacia la libertad de los factores del mercado. Vimos como en el mundial de Sudáfrica, en las ligas de Europa y en todo lado las transferencias están a la orden del día, ya que eso beneficia a los atletas, que deben ser precisamente el centro si Costa Rica no quiere perder competitividad a nivel internacional.

La piratería se debe combatir con un concepto más elástico: la residencia deportiva. Las nuevas leyes supongo que tratan de combatir la piratería pero de hecho la podrían estar estimulando. Por ejemplo atletas de un cantón huérfano va a un cantón en donde su deporte si es tomado en cuenta. En ese cantón no pueden decirles que no porque se pueden exponer ir a la cárcel por violar la ley LEY 7800 DE LA LEY DEL DEPORTE. Después de dos años, el cantón que no le había prestado atención al deporte de X, decide "prender" el deporte X porque considera que “sus atletas” ya se entrenaron suficiente…

Las ventajas que yo le veo a la nueva reglamentación son más que todo de carácter social, dado que en algunas instancias le da proteccion a los cantones menos fuertes. Quizás los comités al “ir mas a la segura”
pueden invertir en atletas que no se van a ir a cantones mas fuertes, pero eso se puede salvaguardar con el concepto de “residencia deportiva” citado arriba. Otra ventaja es que es más folklórico que todos los que estén sentados en un lado sean realmente del mismo cantón. Pero eso en fin de cuentas es solo una añoranza que no compensa las desventajas. Cada canton hara esfuerzos en buscar ese cuadro, sabiendo que la realidad es mas compleja que lo que se escribe "teoricamente".

Luego los Juegos Nacionales no es simplemente un torneo sino todo un proceso. Existen escasos mecanismos de entrenamientos promovidos desde el centro (ICODER/FCA). Entonces los Comités se constituyen en oportunidades para llegar a ser atletas de alto rendimiento pero si hay restricciones residenciales a esos atletas lo estamos enviando al limbo de la lotería del factor aleatorio de la residencia.

Otra incoherencia de los nuevos reglamentos es que se presentan con una tardanza tica típica: ni más ni menos que en septiembre de 2010. Es decir que todos los comités arrancaron con un set de reglas en el proceso de preparación y a medio camino le cambian las reglas.

¿Y cual es la posición de la Federación tica? Si nos atenemos a la psicología desplegada en los asuntos FIDE, a saber plegarse sin ningún sentido critico, a las instancias de poder, pensando en los en cierto modo comprensibles términos económicos, es de seguro que la Federación va detrás del ICODER en este asunto inconstitucional y difusamente impractico. Esa posición queda reflejada en la estrambótica fecha para hacer las preliminares a saber en Marzo cuando todas las clases están empezando y obligando a los alumnos a pagar un costo social de perder uno o dos días lectivos (jueves según y viernes de fijo). ¿Por qué no en enero cuando están todos en vacaciones y existe el espacio de que las finales no van a ser este mes? Por que la Federación quiere cubrirle las espaldas al ICODER que saco tardíamente el nuevo reglamento. Quiere dar 6 meses de tiempo para que nadie reclame que la publicación de las nuevas reglas fue abrupta.

2 comentarios:

  1. La respuesta es: Carolina Muñoz 8840-1836, y Jairo Nuñez 2249-1836.

    Cuando paso por el libro?? jeje

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  2. Respuesta correcta. Por correo le voy a poner la lista de los libros de ajedrez. No se como lo hizo pero todo aquel que tuviera en Word los telefonos de los ajedrecistas mas destacados con la funcion buscar "1836" lo hubiera obtenido en segundos. Bueno pero su caso era mas facil porque ya tenia el 50% obtenido!!!

    Juan Leon
    88146313

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